viernes, 21 de febrero de 2025

Nuevos despidos disciplinarios en NTT Data

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Con un total acumulado de 104 desde junio de 2019 en el centro de Sevilla, y un total de 113 sumando los despidos acumulados en el resto de centros desde diciembre de 2024, NTT Data Centers Spain continúa su incesante goteo de despidos disciplinarios, usando el Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores que indica que el despido está “basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador”. Esto es, la empresa impone la sanción máxima a estos trabajadores, la gran mayoría de las veces por una supuesta disminución en el rendimiento laboral, sin aportar prueba ninguna, sin previo aviso y reconociendo a la misma vez la improcedencia del despido al entregar al trabajador despedido un documento con el finiquito incluyendo la indemnización por despido improcedente.







Como vemos, en el mismo correo en el que la empresa despide disciplinariamente alegando disminución del rendimiento laboral, se deduce claramente que esa supuesta disminución no es más que una invención al reconocer la improcedencia del despido. Un auténtico despropósito que refleja el poco respeto que NTT Data siente por las leyes, que interpreta a su antojo para hacer y deshacer como le convenga, y menos respeto aún por los trabajadores.


Por tanto, NTT Data no necesita motivos para imponer a un trabajador la sanción más grave que la ley permite, despojándolo de su puesto de trabajo de una forma tan rastrera y deshaciéndose de los trabajadores que le ‘sobran’. Esta es la realidad de esta empresa y del mundo del trabajo en este sistema; por mucho que lo disfracen de democracia, la única libertad que tenemos los trabajadores es la de morirnos de hambre, ya que nuestros puestos de trabajo, nuestro sustento, no nos pertenecen y las empresas no dudan en darnos una patada y mandarnos a la calle sin pestañear.


Nuevamente, los días 12 de diciembre de 2024, 20 de enero, 27 de enero, 28 de enero, 30 de enero, 7 de febrero y 17 de febrero de 2025 han sido despedidos disciplinariamente los compañeros R.R.G., C.R.G., J.M.H.B., J.L.F., M.A.M.L., J.G.Q.B., J.D.R., D.C.B., A.G.G., J.S.M., J.A.N.O. y F.B.R. Compañeros que engrosan la lista de despidos disciplinarios y que se ven privados de su trabajo por una causa injustificada.


Esta misma realidad se vive en otras muchas empresas, que usan la misma fórmula, o en tantas otras donde distintas modalidades de contrato mantienen a los trabajadores pendientes de una posible renovación o directamente de que les vuelvan a llamar, dado que el despido después de cierto tiempo trabajado está garantizado para no hacer evidente el fraude de ley.


Estos casos nos reafirman una vez más en la necesidad de estar organizados para repeler estos ataques de las empresas contra los trabajadores, ya que cuando se produce el despido es en general demasiado tarde para actuar. Muchos compañeros se ponen en contacto con nosotros cuando esta realidad que venimos denunciando día tras día les afecta personalmente, pero lamentablemente ese es el peor momento. Compañeros, no dejéis que llegue el fatídico momento en el que la empresa arremeta contra vosotros personalmente, pues cada ataque a un trabajador individual es en realidad un ataque a toda la clase trabajadora, y como clase, unidos y organizados, debemos responder. No esperéis a que sea demasiado tarde y poneos en contacto con nosotros cuanto antes para comenzar a organizarnos.


¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A ASC!



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La AN falla que los trabajadores pueden acogerse de manera más flexible al permiso de 5 días por cuidados

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La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia que supone un giro en la defensa de nuestros derechos para quienes deben cuidar a un familiar enfermo. Esta decisión no es solo una victoria judicial, sino una respuesta contundente a las prácticas empresariales que, en ocasiones, buscan encajonar a los trabajadores en regímenes inflexibles y ajenos a la realidad de la vida familiar, anteponiendo el beneficio económico a cualquier problema que pueda sufrir cualquier trabajador en su vida personal.

¿Qué cambia con esta sentencia?

  • Inicio flexible del permiso:

Hasta ahora, se obligaba a comenzar el permiso retribuido de cinco días al día siguiente del hecho que motivaba la necesidad de cuidado. Con esta sentencia, tú decides cuándo iniciar ese permiso, adaptándolo a tus necesidades y a las circunstancias familiares. Es un avance en contra de la rigidez y la insensibilidad de aquellas empresas que pretenden limitar tus derechos sin tener en cuenta la complejidad de la vida real.

  • Permiso en días laborables:

Si el problema de salud se produce en fin de semana o en un día festivo, el permiso podrá iniciarse el siguiente día laborable. Una medida práctica que evita que se juegue con el tiempo que justamente necesitas para cuidar de quienes dependen de ti.

  • Equidad en el cuidado familiar:

La antigua norma, que obligaba a un inicio inmediato del permiso, no solo era injusta, sino que también contribuía a una distribución desigual de las tareas de cuidado. Al imponer este inicio forzado, se incentivaba, de forma sutil, que la carga del cuidado recayera de manera desproporcionada en quienes históricamente han sido más vulnerables. Con este fallo, se reconoce la necesidad de una corresponsabilidad real y se pone de manifiesto que los derechos laborales no pueden ser sacrificados en aras de intereses empresariales inflexibles.

Esta sentencia deja claro que cuando se trata de conciliar la vida laboral y familiar, los trabajadores deben tener el control de su tiempo. No permitamos que se nos encasille en reglas que favorecen a quienes buscan maquillar la verdad y perpetuar una realidad desigual.

De cualquier manera, esta sentencia no es firme y puede ser recurrida, en cuyo caso deberá ser el Tribunal Supremo el que corrobore o no la sentencia de la Audiencia Nacional y dictamine la firmeza de la misma. Igualmente, los trabajadores seguimos sometidos a la dictadura de las empresas, que pueden actuar conforme a sus intereses saltándose las leyes que hagan falta, obligando a los trabajadores a recurrir a los juzgados para intentar revertir esas situaciones, mostrándose de esa forma que las empresas son jueces de primera instancia. Por ello, desde ASC insistimos una vez más en la necesidad de organización de todos los trabajadores bajo el sindicalismo de clase, y la movilización y la lucha como herramienta más útil para que se respeten nuestros derechos y conseguir mejores condiciones de trabajo.

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martes, 11 de febrero de 2025

Visión y 'valores' de NTT DATA

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Como parte de la formación obligatoria para los trabajadores de NTT DATA, regularmente se nos solicita realizar cursos de formación sobre lo que la empresa ha denominado Compliance, una serie de “buenas prácticas […] en cumplimiento de los estándares legales y éticos”. Dentro de dicha formación se nos requiere “leer, comprender y cumplir plenamente con el Código de Conducta, un documento que es una mezcla entre una declaración de intenciones vacías y un reconocimiento explícito del carácter inhumano de la empresa y su desprecio a los trabajadores.

Dentro del Código de Ética y Conducta Profesional de NTT DATA EMEAL podemos encontrar información como la siguiente:

 


A los dueños de NTT DATA se les llena la boca hablando de diversidad, enviando numerosos correos propagandísticos en los que presumen de ser una empresa que fomenta la diversidad, la equidad y la inclusión. Esta visión idealizada contrasta profundamente con el acoso que le empresa realiza contra quienes deciden organizarse para defender sus derechos y muestran abiertamente una forma de pensar diferente, intentando callar las voces disidentes por todos los medios posibles, mostrando que la única diversidad que se permite es aquella que es funcional a la obtención de beneficios a costa de la explotación más descarnada de los trabajadores.


Esta es quizás la afirmación con más veracidad de todo el documento. Para NTT DATA los clientes están “por encima de todo”; literalmente por encima de los derechos laborales, que no duda en pisotear para cumplir con las exigencias del cliente, incumpliendo la legalidad vigente, puesto que los beneficios empresariales están por encima de las personas en este criminal sistema que antepone la riqueza de una minoría al bienestar de la mayoría trabajadora.


Es complicado tomarse en serio afirmaciones como esta que hablan de “cumplimiento de las leyes aplicables” cuando, como ya hemos resaltado antes, NTT DATA no duda en incumplir la legalidad vigente, habiendo sido condenada en firme por el Tribunal Supremo por vulneración de derechos fundamentales. Una empresa sancionada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por crear un cártel para repartirse los contratos de la administración pública, no tiene credibilidad cuando habla de “observar todas las leyes, reglamentos y requisitos exigidos a nivel internacional, Europeo y nacional”, demostrándose que la única ley que respetan las empresas es la de maximizar los beneficios a costa de los trabajadores.


El artículo 23 de la citada Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas dice en su punto 4:

“Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses”.

Es evidente que NTT DATA está incumpliendo esta declaración cuando el Tribunal Supremo la condena por vulnerar la libertad sindical.


Poco podemos decir ante esta afirmación, más allás de mostrar la realidad:



 


 


También podemos encontrar en la formación sobre Compliance algunos vídeos que muestran información como esta:



 



 

Información que contrasta enormemente con la existencia de puertas giratorias en la industria armamentística y la cantidad de nombramientos de políticos y trabajadores de entidades públicas que la empresa lleva años realizando:

 


 


 



 




 


El documento continúa divagando por más de 30 páginas llenas de incoherencias como las ya demostradas, pero eso sí, se encarga de recalcar que dicho documento es de obligado cumplimiento para todos los trabajadores de NTT DATA EMEAL, dejando claro que ante un posible incumplimiento no dudará aplicar las medidas legales y sancionadoras contra la persona que lleve a cabo el incumplimiento, mostrando la gigantesca hipocresía con la que se maneja la dirección de la empresa.

Esta y no otra es la realidad de esta empresa, que inunda nuestros correos con palabras bonitas cargadas de hipocresía, pero que no duda en reprimir duramente a cualquiera que ose cuestionar su relato y contar a los trabajadores la realidad que vivimos. Esta es la realidad de un sistema obsoleto que ya sólo se sostiene en la explotación más descarnada, que ante el avance tecnológico de la automatización y la IA, en lugar de reducir las jornadas de trabajo y permitir que todos disfrutemos de mayor tiempo libre, incrementa la explotación al máximo intentando exprimir nuestra fuerza de trabajo para aumentar la plusvalía que nos roba.

La única forma de revertir esta situación, de alcanzar verdaderas mejoras en nuestras condiciones, es la organización y la confrontación con la dirección de la empresa. Quienes nos venden la paz social y unos supuestos acuerdos beneficiosos llevan décadas engañándonos, y fruto de esos engaños es la pérdida acumulada durante años de poder adquisitivo por parte de la clase trabajadora. Si quieres un futuro digno, ¡organízate y lucha!


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