martes, 19 de agosto de 2025

CÁPSULA FORMATIVA Discriminación laboral y acoso en el trabajo

 
🔹 1- PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué se considera discriminación laboral?
¿Cuáles son los tipos de acoso en el trabajo?
¿Qué obligaciones tiene la empresa para prevenir el acoso y la discriminación?
¿Cómo denunciar si sufro discriminación o acoso en el trabajo?
¿Puedo ser despedido por denunciar acoso o discriminación?

📌 Caso real:
Carlos trabaja en una consultora tecnológica y un día se negó a quedarse trabajando el fin de semana, como le exigía su jefe, porque no daba tiempo a entregar un desarrollo. Esto enfadó al jefe, quien inició un proceso de acoso laboral (mobbing) para minar y castigar a Carlos. Empezó a excluirlo de reuniones, darle tareas irrelevantes y someterlo a comentarios despectivos delante de sus compañeros. Cuando Carlos intentó hablar con Recursos Humanos, le restaron importancia a la situación y no tomaron medidas.

🔹 2- INFORMACIÓN IMPORTANTE

📢 Tipos de discriminación laboral:

👤 Por género, edad, origen, discapacidad, orientación sexual, ideología, etc. Se produce cuando una persona es tratada de manera desigual o desfavorable en función de características personales, en lugar de su desempeño o capacidades. (Art. 14 CE, Art. 17 ET)

💰 Discriminación salarial: Cobrar menos que otros compañeros por el mismo trabajo, sin una justificación objetiva. Es común en diferencias de género, origen o edad. (Art. 17 ET, Art. 46 Ley de Igualdad)

🛇 En ascensos y promociones: Cuando se niega la progresión profesional a alguien por motivos discriminatorios, aunque cumpla con los requisitos. A menudo disfrazado con excusas como “falta de liderazgo” o “no es el momento”. (Art. 17 ET, Art. 46 Ley de Igualdad)

🚧 En contratación y despidos: Excluir candidatos por razones personales o despedirlos sin causa real, alegando motivos falsos para ocultar la discriminación. (Art. 4 ET, Art. 17 ET, Art. 50 ET)

🌟 Si sospechas de discriminación, consulta con el sindicato y actúa!

🚨 Tipos de acoso laboral:

🔹 Acoso moral o "mobbing" 💀 Estrategia de hostigamiento sistemático para desgastar psicológicamente a la víctima. Incluye aislamiento, desprestigio, sobrecarga de trabajo injustificada o incluso la retirada de tareas para provocar su salida de la empresa. Muchas veces, buscan que la persona desista y se autodespida, evitando así pagar indemnización. (Art. 15 CE, Art. 173.1 CP, Art. 14 LPRL)

🔹 Acoso sexual 🚨 Conductas no deseadas de carácter sexual que crean un ambiente hostil. Pueden ser comentarios, insinuaciones, tocamientos, chantajes ("si quieres ascender…") o presión para aceptar situaciones incómodas. (Art. 184 CP, Art. 48 Ley de Igualdad)

🔹 Acoso por razón de género ⛔ Discriminación basada en el género que afecta a condiciones de trabajo, promoción o trato en la empresa. Incluye bromas machistas, desprecio hacia mujeres en roles de liderazgo o trato desigual por ser hombre o mujer. (Art. 46 y 48 Ley de Igualdad, Art. 8.13 LISOS)

⚠️Si te están acosando, NO te vayas sin luchar. Autodespedirte solo beneficia a la empresa, que así evita pagarte la indemnización que te corresponde.

📢 Si la situación es insostenible, habla con el sindicato. Te ayudaremos a recopilar pruebas, asesorarte y actuar juntos para frenar el acoso. No estás solo/a. La empresa puede intentar aislarte, pero aquí tienes un equipo que luchará contigo. ¡Denuncia, deféndete y cuenta con nosotros!

¿Cuáles son tus derechos?

Toda persona tiene derecho a un trato digno, libre de discriminación o acoso en su lugar de trabajo. La ley protege tu integridad física, psicológica y moral, garantizando que puedas desarrollar tu labor en condiciones de respeto y seguridad. (Art. 14 CE, Art. 15 CE, Art. 4 ET, Art. 14 LPRL)

💼 Derechos fundamentales en el trabajo: 

✔ No sufrir discriminación por género, edad, origen, discapacidad, orientación sexual, ideología, etc. (Art. 14 CE, Art. 17 ET) 

✔ Igualdad de oportunidades en salarios, ascensos y condiciones laborales. (Art. 17 ET, Art. 46 Ley de Igualdad) 

✔ Protección frente al acoso laboral, sexual o por razón de género. (Art. 184 CP, Art. 48 Ley de Igualdad) 

✔ Derecho a denunciar sin miedo a represalias. (Art. 50 ET, Art. 8.13 LISOS) 

✔ Derecho a la intimidad y a la protección de datos personales. (Art. 18 CE) 

✔ Derecho a recibir formación sobre prevención del acoso y la discriminación. (Art. 16 y 19 LPRL)

📚 Obligaciones de la empresa

Las empresas tienen la responsabilidad de prevenir, detectar y sancionar cualquier conducta de acoso o discriminación en el entorno laboral.

🔹 Implementar un protocolo de prevención del acoso 📝 Debe existir un procedimiento claro para denunciar situaciones de acoso o discriminación. Debe ser accesible a toda la plantilla y garantizar la confidencialidad. Debe contemplar medidas de protección para la víctima y sanciones para el agresor. (Art. 48 Ley de Igualdad, Art. 8.13 LISOS)

🔹 Garantizar un ambiente de trabajo seguro y respetuoso 🏢 Sensibilización y formación a los trabajadores sobre acoso y discriminación. Promoción de una cultura de respeto e igualdad en la empresa. Actuación inmediata ante cualquier denuncia, evitando la impunidad. (Art. 14 LPRL, Art. 16 y 19 LPRL)

🔹 No tomar represalias contra quien denuncie ⛔ Si la empresa toma represalias, la víctima puede demandar por despido nulo y reclamar indemnización. (Art. 50 ET, Art. 8.13 LISOS)

🚧 ¿Cómo denunciar una situación de acoso o discriminación?

Si sufres acoso o discriminación en el trabajo, es fundamental actuar de manera estratégica para protegerte y hacer valer tus derechos.

📌 1. Reúne pruebas 📂

  • Guarda correos electrónicos, mensajes, grabaciones de reuniones, testigos de comentarios o situaciones de acoso.

  • Toma nota de fechas, lugares y detalles de cada incidente.

  • Si hay pruebas físicas (carteles ofensivos, documentos con mensajes discriminatorios, etc.), consérvalas.

📌 2.  Consulta al sindicato

  • EL sindicato puede asesorarte y orientarte sobre cómo actuar sin exponerse a represalias.

  • Puede mediar con la empresa para exigir medidas correctivas y poner en evidencia el problema.

  • Te ayudan a preparar una demanda en caso de que la empresa no actúe.

📌 5. Denuncia ante Inspección de Trabajo o vía judicial

  • Si la empresa no toma medidas o encubre la situación, denuncia ante la Inspección de Trabajo.

  • Puedes presentar una denuncia anónima o con asistencia del sindicato.

  • En casos graves, puedes acudir a la vía judicial con asesoramiento legal para reclamar indemnización y sanciones para la empresa.

📢 Recuerda: ¡No estás solo/a! Si sufres acoso o discriminación, el sindicato puede ayudarte a defender tus derechos y garantizar que la empresa cumpla con la ley. ¡Actúa y denuncia! ✊🚨

🔹 3- MITOS Y REALIDADES – Desmintiendo excusas de la empresa

Mitos y Realidades: Desmintiendo excusas de la empresa

❌ MITO: "Si denuncias, te despedirán."
REALIDAD: La ley protege a los denunciantes contra represalias. Un despido por denunciar acoso puede ser declarado nulo y la empresa obligada a readmitir al trabajador y pagarle los salarios dejados de percibir.

❌ MITO: "No puedes demostrarlo, así que no vale la pena denunciar."
REALIDAD: En casos de acoso y discriminación, la carga de la prueba también recae en la empresa. No necesitas pruebas absolutas, basta con indicios razonables para que se investigue.

❌ MITO: "El acoso es sólo físico o sexual."
REALIDAD: El acoso también puede ser verbal, psicológico o profesional, incluyendo aislamiento, humillaciones o sobrecarga de trabajo injustificada.

❌ MITO: "Son bromas, no es para tanto."
REALIDAD: El acoso no es una broma, es una agresión psicológica que afecta la salud del trabajador y es ilegal.

❌ MITO: "Si la empresa no hace nada, no puedes hacer nada."
REALIDAD: Puedes acudir al sindicato, Inspección de Trabajo o la vía judicial para obligar a la empresa a tomar medidas y exigir indemnizaciones.

❌ MITO: "Para ascender, hay que aguantar ciertas cosas."
REALIDAD: Nadie debe soportar acoso o discriminación para progresar en su carrera. Los ascensos deben basarse en méritos y competencias, no en sumisión o favores.

❌ MITO: "No hay pruebas suficientes."
REALIDAD: La empresa también está obligada a demostrar que ha tomado medidas para prevenir y sancionar el acoso. La falta de pruebas no es excusa para la inacción.

❌ MITO: "Es parte de la cultura de la empresa."
REALIDAD: Ninguna cultura o tradición justifica el acoso o la discriminación. La empresa está obligada a garantizar un entorno laboral seguro y respetuoso.

🔹 4- RECOMENDACIONES

🗣 ¿Qué decir si sufres acoso o discriminación?
📌 "Este comentario/conducta es inapropiado y no lo voy a tolerar."
📌 "Solicito una reunión formal con Recursos Humanos para abordar esta situación."

¿Qué hacer si la empresa no toma medidas?
❌ Documenta todo: mensajes, testigos, conversaciones.
📌 Contacta con el sindicato y con Inspección de Trabajo.

📜 ¿Qué recomienda el sindicato?

🔹 Contacta de inmediato con el sindicato. ¡Recuerda que juntos/as somos más fuertes!
🔹Trabajaremos contigo para exigir soluciones. Hablaremos con la empresa y solicitaremos medidas concretas.
🔹Si no hay respuesta, te brindaremos apoyo legal para llevar el caso al siguiente nivel.
🔹Si la empresa sigue sin actuar, presentaremos una denuncia formal para defender tus derechos.

🔹 5- INFRACCIONES

¿A qué se enfrenta la empresa si incumple la normativa?
🚨 Si despiden a alguien por denunciar acoso o discriminación, el despido puede ser NULO.

💸 Sanciones económicas:
🔹 Multas desde 7501€ de hasta 225.018€ en casos graves.
🔹 Indemnización a la víctima por daños y perjuicios.
🔹 Pérdida de ayudas y bonificaciones.

🔍 ¿Qué puede hacer la Inspección de Trabajo?
📌 Exigir el cumplimiento del protocolo de acoso.
📌 Imponer sanciones y obligar a la empresa a indemnizar.

🚨 Si la empresa incumple, DENUNCIA. Es tu derecho.



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