jueves, 10 de marzo de 2022

Los trabajadores nos desangramos y CCOO y UGT nos venden

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El pasado día 28 de febrero CCOO publicó un comunicado con el asunto “Convenio Consultoría. Urge respuesta.” donde decían lo siguiente:




Ergo en febrero de 2022 CCOO reconoce que la firma del XVII Convenio TIC no fue más que una traición, en la que firmaron “un corta y pega del Estatuto” de los Trabajadores, entregaron el sistema de categorías por el de grupo profesionales y certificaron unas tablas salariales que han consagrado la pérdida de más de un 30% en los salarios reales de los trabajadores del sector. ¡Así te vendieron CCOO y UGT con la firma traidora del XVII Convenio TIC!

La propia CCOO en octubre de 2021 nos mostró el significado del XVII Convenio de traición que firmaron con sus compinches de UGT señalando:


CCOO y UGT nos han llevado a los trabajadores del sector a la pérdida de más de un 30% de nuestros salarios reales, si los comparamos con los del 31 de diciembre de 2009. Mientras tanto, hay que recordar como CCOO continúa retrasando la firma del nuevo convenio creando una gran traición a los trabajadores del sector, mientras celebran la traición que están realizando:

Jamás un párrafo contuvo tantas mentiras como las que expresó este esbirro de la patronal. Este es un representante de CCOO de los trabajadores en otra empresa del sector celebrando un copy-paste del Estatuto de los Trabajadores que consagró una pérdida de poder adquisitivo de nuestros salarios reales en más de un 30% en esta última década y que nos ha conducido “al furgón de cola del sector en Europa”! ¿Adónde vamos los trabajadores con personajillos como éste? ¡Así nos luce el pelo!

En octubre decían CCOO y UGT que habían dado un puñetazo encima de la mesa.






Pero el 28 de febrero de 2022 tenemos que el puñetazo no ha llegado ni a caricia y que estos sindicatos de la patronal –CCOO y UGT– no pegan ni sellos. Pues las medidas de presión adoptadas por los responsables del sector de estos sindicatos no han sido otra que acudir prestados a una concentración de delegados sindicales de otro sector, el del Contact Center. Una medida de presión cuya repercusión mediática ha sido un Tweet enviado por UGT con un video haciendo el teatro de que hablan con los medios, destinado a engañar a los trabajadores, pero consiguiendo así su objetivo de dejar intacta ante la opinión pública la reputación de una patronal TIC que lleva décadas precarizando el sector con el consentimiento de estos sindicatos. Saben bien los empresarios que las subvenciones y los dineros públicos los tienen bien amansados.




El hecho es que el IPC en el mes de enero de 2022 ascendió al 6,1% y que en febrero de 2022, antes de que estallara la guerra, el IPC superó holgadamente el 7%:




Carestía de vida que va a escalar mucho más debido al estallido de la guerra en Ucrania, donde las oligarquías pelean por un botín que pagaremos los trabajadores y trabajadoras de todo el mundo con nuestra sangre y con nuestra miseria.

La patronal tiene claro que no va a pagar la guerra y pide 20.000 millones de euros para compensar el coste de la misma:




Y para ello los trabajadores, gracias a CCOO y UGT, hemos perdido ya más del 5% en 2021 y los empresarios pretenden que los trabajadores sigamos pagando en 2022 con nuestros salarios, nuestros trabajos y nuestras condiciones sus desmanes y tejemanejes tanto de la patronal como de los sindicatos CCOO y UGT que cada vez perciben unos ingresos por subvenciones más generosos.

Si queremos subidas salariales, los trabajadores debemos abandonar la salida individual y fortalecer la organización, debemos implicarnos para que seamos los trabajadores los que nos sentemos en las mesas de negociación y no sindicatos corruptos (CCOO-UGT) financiados por el Estado y puestos por los empresarios que hacen lo que sus amos de la Patronal les ordenan.

Si queremos subidas salariales y conquistar derechos los trabajadores, debemos implicarnos en primera persona, debemos forzar que lo que se lleve a las mesas de negociación emane de las asambleas de trabajadores y debemos exigir que lo que se firme sea lo que las asambleas de trabajadores voten, pues la asamblea es el órgano democrático de decisión de los trabajadores. Mientras sea la Patronal la que ponga el Banco Social y no los trabajadores, seguiremos profundizando en el camino de empobrecimiento y de falta de derechos y libertades por el que los trabajadores transitamos empujados por la Patronal y sus marionetas (CCOO-UGT). Y es que los derechos económicos y sociales no caen del cielo, ni con fariseas Reformas Laborales hechas por los verdugos de la clase trabajadora, se consiguen con lucha y organización obrera. Organización y lucha de los trabajadores que CCOO y UGT harán lo posible y lo imposible por impedirla, y para ello toda prebenda es poca.

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lunes, 7 de marzo de 2022

¿Quiénes somos?

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Desde que nuestra sección sindical se constituyera allá por noviembre de 2015 -en aquel entonces con las siglas de Coordinadora Sindical de Clase (CSC)- son muchos los nuevos compañeros que han comenzado a trabajar en NTT Data Spain (antes everis). Además, en febrero de 2021 se culminó el proceso de unificación de varios sindicatos de clase del Estado español en el sindicato Alternativa Sindical de Clase (ASC). Es por ello que hemos considerado oportuno realizar una comunicación en la que expliquemos quiénes somos, por qué formamos parte de Alternativa Sindical de Clase y qué trabajo realizamos.

 

Alternativa Sindical de Clase es una organización sindical compuesta íntegramente por trabajadores que van desde los afiliados de base hasta los que han sido elegidos por sus compañeros de trabajo en elecciones sindicales como representantes unitarios en los Comités de empresa, pasando por los delegados sindicales electos en Asamblea de afiliados al sindicato. Todos tenemos claro que la lucha de clases es el motor de la historia y, por ello, la mejora de nuestros derechos como trabajadores sólo podrán ser fruto de la unidad, la solidaridad, la organización y el compromiso que debe demostrarse día a día en nuestra actividad sindical.

 

Los afiliados de ASC entendemos que la acción sindical debe realizarse desde tres espacios complementarios entre sí:


  • La Sección Sindical, porque es nuestro deber implicar a los trabajadores en la lucha sindical de clase y combativa. La Sección Sindical es la representación de un sindicato dentro de una empresa. Es decir, es la manera en que los trabajadores afiliados a un sindicato se organizan dentro de la empresa. Los derechos y deberes de la sección sindical vienen regulados por la llamada Ley LOLS (Ley Orgánica 11/1985 de 2 de agosto de Libertad Sindical). Nuestra sección sindical tiene ámbito de toda la empresa, por lo que representa a trabajadores de todos los centros de trabajo de NTT Data Spain Centers (Sevilla, Murcia, Alicante, Salamanca, Málaga y cualquier otro centro que se haya abierto o se abra dentro de la misma empresa).

  • El Comité de Empresa, porque es el órgano unitario de representación de los trabajadores de un centro de trabajo y a él nos subordinamos siempre que se respeten y defiendan los intereses de la plantilla. El Comité de Empresa es elegido mediante elecciones sindicales por todos los trabajadores de dicho centro con al menos un mes de antigüedad. En centros de trabajo de 50 o más trabajadores se elige a los miembros del Comité a través de candidaturas (de forma análoga a como se hace en unas elecciones generales). Su tamaño varía en función del número de trabajadores del centro. En centros de 501 a 750 trabajadores corresponden 17 miembros, que es el caso en el que se encontraba el centro de Sevilla en las últimas elecciones sindicales de 2019. Sus funciones vienen reguladas en el Estatuto de los Trabajadores así como en el Convenio Colectivo.

  • La Asamblea de Comités, Delegados y Trabajadores, porque sólo obtendremos victorias sobre nuestros derechos si interconectamos nuestra lucha con las luchas del resto de centros de trabajo junto a otros compañeros y organizaciones sindicales que se reafirmen en los principios de clase, caminando juntos hacia adelante.

 

Cuando en una empresa se encuentran constituidos Comité de Empresa y Sección Sindical, prevalece el Comité de Empresa puesto que es el órgano unitario de representación legal de todos los trabajadores; de ahí la importancia de que la correlación de fuerzas dentro del Comité sea favorable a los intereses de los trabajadores. Pero, ¿puede un Comité de Empresa tener intereses distintos a los de los trabajadores? Por supuesto. Las empresas crean candidaturas para concurrir en las elecciones sindicales, bien a través de plataformas “independientes” como “Actúa” del centro de Sevilla, bien a través de los sindicatos afines a la patronal, entre los que se encuentran CCOO y UGT principalmente. En teoría, estos sindicatos dicen defender los derechos de los trabajadores pero en la práctica se puede ver de verdad de qué lado está cada cual.

 

De entre los diferentes centros de NTT Data Spain Centers, por el momento solo existe el Comité de Empresa del centro de Sevilla. En las últimas elecciones sindicales celebradas en este centro en junio de 2019 para elegir un nuevo Comité de Empresa de 17 miembros con vigencia hasta junio de 2023, CSC fue la candidatura más votada con el 39.37%, seguida de Actúa con el 30.74% y de CCOO con el 28,63%. En términos de delegados de personal, CSC pasó de tener cero delegados a siete, mientras que CCOO se quedó en cinco de ocho y Actúa mantuvo sus cinco. Estamos convencidos de que los resultados que nuestra candidatura conseguidos en esas elecciones expresaron el sentir de muchos trabajadores que comparten con nosotros los valores de la integridad, la honestidad y la conciencia que nos han guiado durante estos años y que indudablemente nos seguirán guiando en los años siguientes para avanzar en derechos.

 

Además de tener siete Delegados de Personal en el Comité de Empresa de Sevilla -en el que ostentamos la Secretaría- la sección sindical de CSC está también presente en el Comité de Seguridad y Salud con dos Delegados de Prevención, un órgano paritario y colegiado junto con la dirección de la empresa, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales. Asimismo, contamos con un delegado sindical elegido por los afiliados al sindicato en la empresa mediante asamblea.

 

A nivel internacional, ASC está afiliada a la Federación Sindical Mundial (FSM), central internacional del sindicalismo de clase que representa a más de 100 millones de trabajadores de todo el mundo.

 

Desde febrero de 2021, los sindicatos Coordinadora Sindical de Clase (CSC), Alternativa Sindical de Trabajadores (AST), Sindicato Democrático de Trabajadores (SDT) y Central Sindical Unitaria (CSU) de Pensionistas y Jubilados aprobaron la unificación en Alternativa Sindical de Clase (ASC), avanzando de esta forma en el proceso de unidad del Sindicalismo de Clase en el Estado español.

 

Ahí está lo conseguido hasta ahora. Sin embargo queda mucho por hacer por nuestros derechos como trabajadores y para ello es necesario seguir incorporando a más compañeros para tener la fuerza suficiente con la que exigir a la empresa que nos trate con el respeto debido. Los despidos, la precariedad, la represión, la arbitrariedad en la promoción profesional, los bajos salarios; en definitiva, estas lamentables condiciones laborales seguirán existiendo y reproduciéndose mientras nosotros los trabajadores no forcemos a la empresa a cambiar este indigno destino que ha escrito sobre nuestras espaldas para satisfacer los intereses de sus propietarios. No hay otra forma de defender nuestros derechos más que luchando por ellos desde la unidad y la organización.

 

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viernes, 25 de febrero de 2022

Todos los delegados de Actúa a favor de prohibir la grabación de reuniones

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El pasado 11 de febrero la empresa remitió al Comité de Empresa del centro de Sevilla un borrador del documento Código de Conducta Telemático que quiere implantar en los próximos meses.

Dicho documento indica que con carácter general está prohibida la grabación de reuniones telemáticas salvo que resulte absolutamente necesario, debiendo prevalecer el levantamiento de un acta de la reunión, en la que se recogerán los puntos en ella tratados.

Sin embargo, el Tribunal Supremo en Sentencias n.º 883/1994, 178/1996, 914/1996, 702/1997 y 286/1998 ha establecido que “la grabación de una conversación que tiene lugar entre dos personas y que uno de los intervinientes desea conservar para tener constancia fidedigna de lo tratado entre ambos, no supone una invasión de la intimidad o espacio reservado de la persona [...]”. Eso significa que es válido grabar una conversación siempre y cuando sea una grabación propia, esto es, que quién esté grabando sea sujeto activo y partícipe de la misma.

Al estar la empresa vulnerando la ley, los delegados de ASC en el Comité de Empresa -en un ejercicio ordinario de nuestra responsabilidad como representantes de los trabajadores- solicitamos la convocatoria de un Pleno proponiendo emitir -al amparo de Artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores- un informe negativo al documento presentado por la empresa, Pleno que se celebró el pasado 18 de febrero.

Ni CCOO ni Actúa habían movido previamente un dedo sobre este asunto, dejando claro que no les importaba absolutamente nada lo que la empresa pudiera haber hecho. Pero durante el Pleno y después del mismo, Actúa y CCOO superaron respectivamente el colmo de la desvergüenza.

Todos los delegados de Actúa votaron en contra de que el Comité de Sevilla expresara su disconformidad con la infracción que comete la empresa en el redactado de su código de conducta telemático, demostrando una vez más de qué lado se ponen, a quién representan y quién les dicta lo que tienen que decir y votar en el órgano de representación legal de los trabajadores del centro de Sevilla.

Tal punto alcanza la desfachatez de los delegados de Actúa que, en su turno de palabra afirmaron que si un trabajador cree que puede ser víctima de un abuso en una reunión, quizás lo mejor que podría hacer ese compañero es no participar en esa reunión. Primero, pretenden hacernos creer estos lameculos de la empresa que un trabajador tiene la potestad de decidir libremente si acudir o no a una reunión que puede haber sido convocada por algún responsable superior a él en la cadena de mando de la empresa. Segundo, implícitamente reconocen que pueden darse esas situaciones de abuso hacia un trabajador. Y, tercero, y más grave, pretenden otorgar impunidad absoluta a la empresa por permitir y/o incurrir en un abuso contra los trabajadores anulando la capacidad legal de grabar la reunión en la que participan. Todo con tal de blanquear a la empresa.

Todo ello después de sostener que no es ético que un trabajador grabe una reunión sin previo aviso. Es decir, apelan a la ética aquellos que, ante un juicio por despido de un trabajador, se personan en calidad de testigos a favor de la empresa; aquellos que presentan candidaturas a las elecciones sindicales formadas por individuos que durante el mandato electoral se convierten en gerentes de la empresa vulnerando la ley; aquellos que apoyan pucherazos de la empresa en la negociación del Plan de Igualdad al conformar una Mesa de Negociación dejando fuera a ASC que somos la organización con mayor representatividad en toda la empresa.

Tal es la caradura de aquellos monigotes que vienen a darnos lecciones de ética, no sólo para sostener y no enmendar las vulneraciones y atrocidades que la empresa tenga a bien cometer contra los trabajadores, sino para impedir que desde el sindicalismo de clase defendamos los derechos de todos los trabajadores, incluidos los de estos sinvergüenzas que ensucian la noble y necesaria labor sindical. Por eso creemos que ya es hora de ponerles nombre y apellido, para que todos los trabajadores estén advertidos del tipo de "compañeros" de trabajo que pueden tener a su lado. Los elementos de Actúa son los siguientes:

●     G.D.

●     F.J.S

●     J.R.M.

●     A.G.G

●     J.M.A.

Por su parte, tras finalizar el Pleno por el que se aprobaba por mayoría de los delegados de ASC y CCOO el texto propuesto por nosotros, la Secretaria del Comité (y delegada de ASC) trasladó a la Presidenta del Comité (y delegada por CCOO) M.D.G. que se debería enviar la respuesta a la empresa lo antes posible para cumplir con los plazos legales. Ante esta observación, aunque finalmente se comprometió a remitir el documento a la empresa el lunes 21 de febrero, la Presidenta expresó inicialmente su disconformidad alegando que la ejecución de un acuerdo adoptado en un Pleno solo se permite tras la aprobación del Acta de dicho Pleno, salvo que explícitamente se hubiera aprobado hacerlo en el Pleno.

Pero el susodicho Artículo 64 del ET dice claramente en su punto 6 que:

“Los informes que deba emitir el comité de empresa tendrán que elaborarse en el plazo máximo de quince días desde que hayan sido solicitados y remitidas las informaciones correspondientes”

La elaboración y aprobación de un acta de un Pleno del Comité suele demorarse una o dos semanas. La empresa remitió su documento el día 11 de febrero por lo que el plazo finalizaría el 26 de febrero. Era obvio que si se aprobaba comunicar a la empresa nuestro informe negativo sobre su documento, no podíamos esperar a cerrar el acta porque corríamos el riesgo de estar fuera de plazo. Si poco le preocupaba a CCOO que la empresa recogiera en su política interna que las grabaciones están prohibidas, menos aún le preocupaba que el Comité estuviera habilitado en tiempo para dar respuesta a la empresa. ¿Entonces por qué votaron afirmativamente los delegados de CCOO que se comunicara a la empresa el rechazo a su documento si luego no iba a tener validez legal? ¿Acaso era ese el sentido de su voto, es decir, aparentar estar en contra para luego dar una excusa a la empresa para actuar cómo le venga en gana? ¿Por qué la Presidenta ejerce sus funciones a regañadientes en lugar de resolver las objeciones que tenga al respecto con la Secretaria? Para ésto se demuestra una vez más que CCOO quería usurpar la presidencia del Comité.

 

Ahí tenéis a unos auténticos enemigos de los trabajadores.

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jueves, 24 de febrero de 2022

Proyecto Motocicleta (CCOO) y la mentira por bandera

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Nunca deja de sorprendernos la ruindad con la que los delegados de CCOO lanzan mentiras a los trabajadores sin importarles absolutamente nada, mostrando la absoluta falta de principios y dignidad que desde hace años se ha convertido en el santo y seña de su sindicato.

 

La última falacia con la que pretenden engañar a todos los trabajadores de NTT DATA Spain Centers es una mentira con las patas muy cortas, y es tremendamente fácil desmontar esta mentira mostrando tan sólo la información intercambiada entre el Comité de Empresa del centro de Sevilla y la dirección de la empresa a raíz de las negociaciones de la Mesa de negociación para las condiciones del teletrabajo.

 

El 3 de diciembre de 2021 se celebró un Pleno del Comité de Empresa del centro de Sevilla, en el que se incluyó a petición de los delegados de ASC un documento para enviar a la empresa, que contenía el siguiente párrafo:

 



 

Como puede leerse perfectamente en dicho texto, que fue finalmente enviado a la empresa ese mismo día 3 de diciembre, la postura del Comité de Empresa en la mesa de negociación, a petición de los delegados de ASC, NO ES INAMOVIBLE. Así lo hicimos constar en este documento ante el resto de delegados y así se hizo constar a la empresa al enviar dicho documento con el voto a favor incluso de un delegado de CCOO y la incomprensible abstención del resto de delegados, demostrando cuán interesados estaban en despejar el camino de la negociación.

 

En ese mismo documento se pedía a la empresa conocer si su postura sí era inamovible, algo que bloquearía la negociación. El 20 de diciembre de 2021 la empresa respondía a nuestro documento, evitando pronunciarse sobre nuestra consulta, y dándole la vuelta a la pregunta en un espectacular ejercicio de cinismo y sinvergonzonería, consultando si para la parte social las pretensiones resultaban inamovibles, algo que ya había sido respondido previamente pero que decidieron ignorar para alargar artificialmente la negociación:

 



 

Ante semejante tomadura de pelo, desde ASC volvimos a plantear una nueva respuesta para enviar a la dirección de la empresa en la que insistíamos en que la postura del Comité de Empresa NO ES INAMOVIBLE (por segunda vez ya), y en la que solicitábamos conocer si la postura de la empresa era o no inamovible:

 



 



 

Este documento fue enviado a la empresa el 6 de febrero de 2022 después de ser aprobado en un Pleno del Comité de Empresa el 18 de enero de 2022. A día de hoy la empresa aún no ha respondido.

 

Como puede verse, los hechos son meridianamente claros y demuestran sin lugar a dudas que la postura de ASC en esta negociación no es ni ha sido en ningún momento la de “unos inamovibles 50 euros”, tal como pretende hacernos creer CCOO. Pero es que además, esa postura del Comité de Empresa sobre la cantidad de 50 euros de gastos por teletrabajo, ¡es una postura aprobada por todo el Comité de Empresa!

 

La postura que ante la falta de respuesta sí que está resultando inamovible es la de la empresa, que se ha plantado en esos 25 euros mensuales, algo que desde CCOO consideran “ridículo e insuficiente”. Sin embargo, CCOO en lugar de denunciar ante los trabajadores esta actitud de la empresa, pretende culpar a ASC de la actitud bloqueante de la empresa, volviendo a atacar a nuestro sindicato con mentiras y de paso blanqueando la imagen de la empresa, una tarea en la que su sindicato tiene un máster.

 

Conviene recordar que la propuesta inicial de ASC ascendía a un total de 190€/mes, cantidad que ya rebajamos a 135 para poder presentar una propuesta consensuada como Comité. Es más, el documento aprobado por el Comité en el Pleno del 29 de septiembre de 2021, en el que se justificaban detalladamente las razones por las que la cantidad no debía ser menor a 50€/mes, lo elaboramos los delegados de ASC. Al parecer, para los delegados de CCOO eso es “convertir cada negociación en una dictadura”.

 

Por su parte, los delegados de CCOO se limitan a soltar ideas al aire sin preocuparse en argumentar nada, como recoge, por ejemplo el acta del Pleno del 10 de noviembre, donde CCOO proponía una cantidad aleatoria como cuantía inicial dejando el trabajo de defender esa cantidad a otros:

 


 

Tampoco deja de ser curioso que la sección sindical de CCOO acuse a ASC de mantener una actitud dictatorial en una Mesa de negociación cuando ellos son responsables directos de que en la negociación del Plan de Igualdad de la empresa se haya menoscabado la voluntad democrática de los trabajadores, expresada en las elecciones sindicales, al romper un acuerdo firmado con ASC para llevar esta negociación por la vía de las secciones sindicales y permitir que UGT, que no tiene ni un solo voto en la empresa, tenga más representatividad en esa Mesa, no sólo que el sindicato más votado en la empresa, es decir, ASC, sino incluso más que todo el Comité en su conjunto. Como ellos mismos dicen quien hace la ley, hace la trampa, y ellos usan esa trampa para menospreciar lo que los trabajadores han expresado con sus votos y dar el poder de negociación al sindicato menos votado en la empresa y otro sin siquiera votos. ¡Pero los dictadores son los delegados de ASC!

 

Ante las mentiras de CCOO, desde ASC seguiremos arrojando luz con datos y pruebas que demuestran la catadura moral de cada uno, informando a los trabajadores de la negociación de las condiciones del teletrabajo y de quién es quién en esa mesa de negociación, tal y como venimos haciendo.

 

Ahora debéis ser los trabajadores de NTT DATA Spain Centers los que juzguéis la actitud de cada sindicato, quiénes estamos trabajando para organizar a los trabajadores en aras de conseguir verdaderas mejoras en nuestras condiciones de trabajo, y quiénes se dedican a intoxicar con mentiras, a engañar a los trabajadores y blanquear a la empresa. Tenéis toda la información.

 

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miércoles, 23 de febrero de 2022

Las horas extra se remuneran a razón de 1.75

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Ya en el año 2016 hablábamos en nuestra sección Conoce tus derechos de las horas extraordinarias. Casi seis años después, vemos necesario retomar este asunto.

De manera general, desde el sindicalismo de clase que profesamos y aplicamos en ASC, consideramos que la realización de horas de trabajo extraordinarias debería estar prohibida por ley. Esa idea cobra más fuerza todavía en NTT Data si recordamos lo que apuntamos en nuestro comunicado del 30 de diciembre: que, de media, a partir de las 5 horas y 13  minutos, todo lo que producimos los trabajadores se lo quedan los dueños de la empresa bajo la forma de la plusvalía, siendo este un cálculo tremendamente conservador al disponer tan sólo de los informes económicos de NTT Data Spain Centers y sabiendo cómo el grueso del negocio de consultoría se genera en la empresa Solutions. Un verdadero saqueo legalizado que comete la empresa sobre cada trabajador, de cuyo trabajo realizado extrae más de 10.000 € al año de media. Y eso ocurre porque el salario es el precio de una determinada mercancía -la fuerza de trabajo- por el que el capitalista compra una cantidad concreta de fuerza de trabajo productiva. Pero el capitalista no paga el 100% del valor producido por el trabajador sino que le sustrae de forma gratuíta una parte de lo que produce -plusvalía- el valor no pagado del trabajo del obrero que crea un plusproducto del cual se hace propietario el empresario, originando así la esencia de la explotación o acumulación capitalista.

Pero seríamos unos ilusos si pensáramos que esa reivindicación va a ser satisfecha por alguno de los gestores que administran los intereses de los capitalistas, sean del color político que sean. Como muestra irrefutable de lo que decimos ahí está la pérdida de poder adquisitivo generalizada y su traslación al Convenio TIC, o la criminal reforma laboral recién estrenada por "el gobierno más progresista de la historia". Por eso queremos aclarar la confusión que existe en torno a las horas extraordinarias en NTT DATA Spain Centers y, llegado el caso, que un trabajador afectado pueda ejercer el derecho de reclamación de cantidad. Y es que dependiendo de la fuente que vayamos a consultar, podemos obtener unos datos u otros. Por ejemplo, si recurrimos a la Guía del Ministerio de Trabajo y Economía Social leeremos lo siguiente:

"La cuantía a percibir por cada hora extraordinaria en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria o se compensarán por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.".

Por lo que podría inferirse que por cada hora extra realizada, a todos los trabajadores nos corresponde una remuneración de una hora de trabajo o su compensación en descanso equivalente a una hora de trabajo. Sin embargo, ese redactado forma parte del Artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y éste recoge las normas fundamentales existentes en el Derecho Laboral en España. Como en nuestro sector TIC se aplica en estos momentos el nefasto XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública firmado por la patronal y sus sindicatos amarillos CCOO y UGT, debemos consultar qué es lo que estipula nuestro Convenio en relación a las horas extras. Dejando a un lado la hipócrita declaración de “Las partes firmantes del presente Convenio” que dicen que “acuerdan la conveniencia de reducir al mínimo indispensable la realización de las horas extraordinarias ajustándose en esta materia los siguientes criterios” y añaden que respecto a las “Horas extraordinarias habituales: Supresión”, su Artículo 29 determina en su punto 3 que 

“Salvo pacto individual en contrario, las horas extraordinarias se compensarán por tiempos equivalentes de descanso incrementados, al menos con el 75 por 100. Previo acuerdo entre empresa y persona trabajadora, la compensación con tiempo de descanso se hará acumulando horas hasta completar, al menos, el tiempo equivalente a una jornada laboral, que se disfrutará dentro del mismo año natural en que se hayan realizado las horas extraordinarias o, como máximo, en la primera semana del mes de enero siguiente.”

Como los convenios sectoriales prevalecen sobre el Estatuto de los Trabajadores, resulta evidente que en NTT DATA Spain Centers las horas extraordinarias deben compensarse, siempre que no haya sido pactado lo contrario por el trabajador, al menos al 1.75. Así que, si estáis ante algún caso -como puedan ser las implantaciones en tiempo de guardias, amparadas éstas en una política ilegítima aprobada unilateralmente por la empresa- en el que realicéis horas extras, además de acordaros de la plusvalía que generáis pero que no cobráis, si la empresa os las compensa por debajo de 1.75, ya sea en tiempo de descanso o remuneradas en nómina, estaría cometiendo una irregularidad por la que podría ser sancionada. En esa situación, os recomendamos que os pongáis en contacto con nosotros para determinar qué pasos debemos dar, el primero de los cuales debería ser la afiliación a ASC.


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lunes, 31 de enero de 2022

Nuevos despidos disciplinarios en NTT Data

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Con un total acumulado de 56 desde junio de 2019 -sólo en el centro de Sevilla-, NTT Data Centers Spain continúa su incesante goteo de despidos disciplinarios, usando el Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores que indica que el despido está “basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador”. Esto es, la empresa impone la sanción máxima a estos trabajadores, la gran mayoría de las veces por una supuesta disminución en el rendimiento laboral, sin aportar prueba ninguna, sin previo aviso y reconociendo a la misma vez la improcedencia del despido al entregar al trabajador despedido un documento con el finiquito incluyendo la indemnización por despido improcedente.


Como vemos, en el mismo correo en el que la empresa despide disciplinariamente alegando disminución del rendimiento laboral, se deduce claramente que esa supuesta disminución no es más que una invención al reconocer la improcedencia del despido. Un auténtico despropósito que refleja el poco respeto que NTT Data siente por las leyes, que interpreta a su antojo para hacer y deshacer como le convenga, y menos respeto aún por los trabajadores.


Por tanto, NTT Data no necesita motivos para imponer a un trabajador la sanción más grave que la ley permite, despojándolo de su puesto de trabajo de una forma tan rastrera y deshaciéndose de los trabajadores que le ‘sobran’. Esta es la realidad de esta empresa y del mundo del trabajo en este sistema; por mucho que lo disfracen de democracia, la única libertad que tenemos los trabajadores es la de morirnos de hambre, ya que nuestros puestos de trabajo, nuestro sustento, no nos pertenecen y las empresas no dudan en darnos una patada y mandarnos a la calle sin pestañear.


Nuevamente, el 25 de enero ha sido despedido disciplinariamente J.S.L.R. Compañero que engrosa la lista de despidos disciplinarios y que se ve privado de su trabajo por una causa injustificada.


Esta misma realidad se vive en otras muchas empresas, que usan la misma fórmula, o en tantas otras donde distintas modalidades de contrato mantienen a los trabajadores pendientes de una posible renovación o directamente de que les vuelvan a llamar, dado que el despido después de cierto tiempo trabajado está garantizado para no hacer evidente el fraude de ley.


Estos casos nos reafirman una vez más en la necesidad de estar organizados para repeler estos ataques de las empresas contra los trabajadores, ya que cuando se produce el despido es en general demasiado tarde para actuar. Muchos compañeros se ponen en contacto con nosotros cuando esta realidad que venimos denunciando día tras día les afecta personalmente, pero lamentablemente ese es el peor momento. Compañeros, no dejéis que llegue el fatídico momento en el que la empresa arremeta contra vosotros personalmente, pues cada ataque a un trabajador individual es en realidad un ataque a toda la clase trabajadora, y como clase, unidos y organizados, debemos responder. No esperéis a que sea demasiado tarde y poneos en contacto con nosotros cuanto antes para comenzar a organizarnos.


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jueves, 27 de enero de 2022

18 de enero de 2022, Pleno express del Comité de Empresa de Sevilla: CCOO y Actúa se retratan de nuevo

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A raíz de los últimos documentos que la empresa ha entregado al Comité de Empresa del centro de Sevilla, los delegados de ASC solicitamos el 10 de enero a la Presidenta la convocatoria de un Pleno con el siguiente orden del día:


1. Informe sobre el calendario laboral 2022.

2. Informe sobre el plan de formación 2022.

3. Respuesta al correo de la empresa del día 20/12/2021 sobre la negociación del teletrabajo.

4. Respuesta al borrador de Política de Desconexión Digital.

5. Respuesta al correo del 12/03/2021 sobre la eliminación de la sala de lactancia.


Celebrado ya el Pleno, queremos informar a toda la plantilla de la empresa acerca del signo del voto de cada grupo dentro del Comité y dar nuestra interpretación de lo ocurrido.


Para todos los puntos que propusimos desde ASC, aportamos los correspondientes documentos para ser debatidos, votados y, en caso afirmativo, ser remitidos a la empresa expresando la opinión del Comité para cada uno de los puntos tratados en el Pleno. Hay que decir que ni Actúa ni CCOO aportaron ninguna versión adicional a ninguno de los 5 puntos.


Las votaciones se distribuyeron de la siguiente forma:





Lo primero que nos llamó la atención fue que la mayoría de los delegados de Actúa se mostraran en contra de emitir un informe negativo al calendario laboral confeccionado por la empresa para este año 2.022 al no ajustarse a la legalidad vigente, ya que no aplica correctamente la jornada intensiva durante el mes de agosto y genera una desigualdad entre trabajadores con horario regular y trabajadores con horario irregular, ante lo cual nosotros proponíamos reducir la jornada anual según en base al artículo 64.7, apartado d del Estatuto de los Trabajadores sobre medidas de conciliación. En definitiva, que Actúa está de acuerdo con la empresa en mantener un calendario abusivo, tal y como venimos sufriendo todos estos años. 


Vimos también que una parte de Actúa se opuso y otra se abstuvo de trasladar a la empresa nuestra propuesta de rechazar su Plan de Formación 2.022 como ya hicimos el año pasado cuando alegábamos que “NTT Data no pretende negociar nada, tan sólo pretende imponer su criterio de forma unilateral, usando al Comité únicamente para legitimar todos sus abusos, algo que desde ASC seguiremos rechazando frontalmente e impulsaremos siempre que el Comité tome esa postura”, es decir, por cuanto que los Planes de Formación ni están siendo negociados con la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) ni se han incluido las propuestas realizadas por dicha RLT en anteriores comunicaciones. En definitiva, que Actúa es complaciente con el carácter autoritario de la empresa, que se niega por enésima vez a abrir de buena fé un proceso de negociación con el Comité sobre el Plan de Formación, de tal manera que si dependiera de Actúa, el papel de la RLT quedaría relegado a dar el visto bueno al Plan de Formación de las empresas, es decir, a disponer a su antojo de un montante de más de 661 millones de euros como pasó en 2.020.





Por último, en las votaciones del tercer y cuarto asunto se puede observar la indiferencia tanto de Actúa como CCOO frente a la negociación del teletrabajo y al borrador que la empresa nos remitió definiendo su política de desconexión digital, dos claros ejemplos de la mala fé que la empresa profesa contra una RLT mayoritariamente amarilla. En el primer caso, NTT DATA no solo hace gala de su avaricia propia de una empresa capitalista al ofrecer unos miserables 23€ mensuales en concepto de teletrabajo sino que rehuye responder sin rodeos a la solicitud que se le formuló por escrito en un documento enviado el 3 de diciembre del pasado año para saber si su posición respecto a la cantidad de los gastos del teletrabajo y con respecto a la retroactividad era inamovible o no. En el segundo caso, la lectura del documento de la empresa sobre desconexión digital deja claro que no cumple con las directivas de la Unión Europea en esta materia ni con el espíritu de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) por lo que propusimos emitir desde el Comité un informe desfavorable e instar a la empresa a negociar un Protocolo de Desconexión Digital con la RLT que cumpla con todos los preceptos legales indicados.


En definitiva, Actúa y CCOO se mueven entre la indolencia y el desinterés característicos de ese sindicalismo complaciente con la patronal, que le hace el trabajo sucio cuando ésta se lo demanda y cuando no se lava las manos dejando a los trabajadores completamente en la estacada. Por ello es necesario dar un paso adelante sumándose a las filas de Alternativa Sindical de Clase, es decir, organizándose desde una perspectiva de clase para luchar por los derechos colectivos de todos los trabajadores.


¡Compañeros, luchad por vuestros derechos afiliándoos a ASC!

 

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martes, 11 de enero de 2022

Nuevos despidos disciplinarios en NTT Data

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Con un total acumulado de 55 desde junio de 2019 -sólo en el centro de Sevilla-, NTT Data Centers Spain continúa su incesante goteo de despidos disciplinarios, usando el Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores que indica que el despido está “basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador”. Esto es, la empresa impone la sanción máxima a estos trabajadores, la gran mayoría de las veces por una supuesta disminución en el rendimiento laboral, sin aportar prueba ninguna, sin previo aviso y reconociendo a la misma vez la improcedencia del despido al entregar al trabajador despedido un documento con el finiquito incluyendo la indemnización por despido improcedente.


Como vemos, en el mismo correo en el que la empresa despide disciplinariamente alegando disminución del rendimiento laboral, se deduce claramente que esa supuesta disminución no es más que una invención al reconocer la improcedencia del despido. Un auténtico despropósito que refleja el poco respeto que NTT Data siente por las leyes, que interpreta a su antojo para hacer y deshacer como le convenga, y menos respeto aún por los trabajadores.


Por tanto, NTT Data no necesita motivos para imponer a un trabajador la sanción más grave que la ley permite, despojándolo de su puesto de trabajo de una forma tan rastrera y deshaciéndose de los trabajadores que le ‘sobran’. Esta es la realidad de esta empresa y del mundo del trabajo en este sistema; por mucho que lo disfracen de democracia, la única libertad que tenemos los trabajadores es la de morirnos de hambre, ya que nuestros puestos de trabajo, nuestro sustento, no nos pertenecen y las empresas no dudan en darnos una patada y mandarnos a la calle sin pestañear.


Nuevamente, el 22 de diciembre y el 3 de enero respectivamente han sido despedidos disciplinariamente I.R.B. y A.M.D. Compañeros que engrosan la lista de despidos disciplinarios y que se ven privados de su trabajo por una causa injustificada.


Esta misma realidad se vive en otras muchas empresas, que usan la misma fórmula, o en tantas otras donde distintas modalidades de contrato mantienen a los trabajadores pendientes de una posible renovación o directamente de que les vuelvan a llamar, dado que el despido después de cierto tiempo trabajado está garantizado para no hacer evidente el fraude de ley.


Estos casos nos reafirman una vez más en la necesidad de estar organizados para repeler estos ataques de las empresas contra los trabajadores, ya que cuando se produce el despido es en general demasiado tarde para actuar. Muchos compañeros se ponen en contacto con nosotros cuando esta realidad que venimos denunciando día tras día les afecta personalmente, pero lamentablemente ese es el peor momento. Compañeros, no dejéis que llegue el fatídico momento en el que la empresa arremeta contra vosotros personalmente, pues cada ataque a un trabajador individual es en realidad un ataque a toda la clase trabajadora, y como clase, unidos y organizados, debemos responder. No esperéis a que sea demasiado tarde y poneos en contacto con nosotros cuanto antes para comenzar a organizarnos.


¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A ASC!


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